Concepto del Ministerio del Trabajo desmonta a Comercial Nutresa: datos biométricos NO son obligatorios en exámenes médicos
Un concepto oficial de marzo de 2026 certifica que ninguna empresa puede condicionar la atención médica ocupacional a la entrega de huellas, fotos o firmas digitales.
El Grupo Interno de Trabajo de Medicina Laboral del Ministerio del Trabajo emitió el pasado 27 de marzo de 2026 un concepto categórico (Radicado 08SE2026310300000014517) que desvirtúa una de las prácticas más denunciadas por SINTRAPRESIALI contra Comercial Nutresa y sus IPS contratadas.
En respuesta a un derecho de petición presentado por el sindicato, el Ministerio señaló que «las normas vigentes no contemplan la huella dactilar, la fotografía digital de carácter biométrico ni la firma electrónica como requisitos previos para la realización de exámenes médicos ocupacionales.» Esta declaración, proferida por la autoridad laboral competente, cierra toda discusión sobre si el condicionamiento biométrico tenía base legal: no la tenía.
EL CONCEPTO
El concepto añade un elemento aún más contundente sobre la validez del consentimiento. Cuando la manifestación de voluntad se produce bajo presión, condicionamiento o amenaza de consecuencias adversas para el trabajador incluida la pérdida del empleo o la negativa de atención médica, dicha manifestación pierde su naturaleza de consentimiento y puede configurar una vulneración de derechos fundamentales. En otras palabras: si un trabajador firma una autorización biométrica por miedo a represalias, esa firma no vale jurídicamente.
El Ministerio fue igualmente enfático en cuanto al carácter obligatorio del servicio médico: la autorización para el tratamiento de datos sensibles no puede instrumentalizarse como condición de acceso a un servicio cuya prestación es obligatoria por ley. Esto significa que la empresa está obligada por ley a garantizar el examen; no puede poner precio biométrico a ese derecho.
LO QUE SIGNIFICA PARA LOS TRABAJADORES
Para SINTRAPRESIALI, este concepto tiene un impacto directo en los procesos disciplinarios y en las demandas de levantamiento de fuero sindical instauradas por Comercial Nutresa contra directivos sindicales. Esta obligación del empleador de gestionar los exámenes no equivale a una facultad para condicionar su realización a la entrega de datos personales sensibles no previstos en la normativa aplicable.
El concepto ministerial ya está en manos de las autoridades competentes. Este documento aplica a todos los trabajadores de Comercial Nutresa, sus filiales y a todos los trabajadores Colombianos, independientemente de la ciudad o de la IPS que realice los exámenes.«Interesante: «📌 LO QUE EL MINISTERIO DEL TRABAJO DIJO — y que COMERCIAL NUTRESA S.A.S. NO PUEDE IGNORAR:
«La autorización para el tratamiento de datos sensibles no puede instrumentalizarse como condición de acceso a un servicio cuya prestación es obligatoria por ley.»
— Concepto Ministerio del Trabajo, Radicado 08SE2026310300000014517, 27 de marzo de 2026.
, Sintrapresiali.
¿Te han negado un examen médico o te han abierto proceso disciplinario por negarte a dar tus datos biométricos? Escríbenos a sintrapresiali@outlook.com. Te asesoramos con base en este concepto ministerial. No estás solo.
6.1-Concepto-Mintrabajo-Datos-Biometricos

